jueves, 6 de noviembre de 2025

Respalda Senado reforma para garantizar derecho a cancelar cualquier servicio digital de forma inmediata

 



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Número - 449

El dictamen que modifica el artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor fue remitido al Ejecutivo Federal.

Los proveedores deben informar si el servicio implica pagos automáticos recurrentes, la periodicidad y el monto a cobrar.

 

El Senado de la República aprobó por unanimidad el dictamen que adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el objetivo de garantizar que las y los usuarios puedan cancelar fácilmente sus suscripciones o membresías con cobro recurrente.

La senadora Cynthia López Castro, presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores, presentó el dictamen ante el Pleno y destaca que la medida responde al crecimiento del comercio electrónico y la necesidad de proteger los derechos digitales de los consumidores.

“Si registrarse en una plataforma toma segundos, cancelar debe tomar lo mismo. Lo fácil no puede ser sólo pagar, también debe ser cancelar”, afirmó López Castro durante su intervención.

La reforma obliga a los proveedores a informar de manera clara y visible si el servicio implica cobros automáticos recurrentes, así como su monto, periodicidad y fecha de cargo; notificar con al menos cinco días de anticipación cualquier renovación automática; garantizar mecanismos simples, rápidos y gratuitos para la cancelación inmediata de servicios, sin penalizaciones injustificadas.

Refirió que, de acuerdo con datos de la PROFECO, en 2024 se registraron más de 20 mil quejas relacionadas con servicios digitales y suscripciones automáticas, principalmente en plataformas de streaming, gimnasios, softwares y telefonía móvil.

Con esta reforma, México se alinea a las mejores prácticas internacionales, como la regla “Click-to-Cancel” de la Federal Trade Commission (FTC) de Estados Unidos y las directrices de la Unión Europea en materia de comercio electrónico.

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